Guía de los primeros trámites que debés hacer ni bien llegás a España.

Solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero
Todos los extranjeros a los que se les haya concedido una visa o una autorización de residencia para permanecer en España por un periodo superior a seis meses tienen el derecho y el deber de obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
La duración de la Tarjeta de Identidad de Extranjero siempre es igual a la vigencia de la visa o de la autorización de residencia que justificó su expedición. El documento puede renovarse siempre y cuando se extienda también el plazo de la visa o de la autorización de residencia.

Solicitar el Número de Identificación de Extranjeros – NIE
Es un número personal e intransferible, de carácter secuencial, otorgado por la Oficina de Extranjeros. Es requerido en todo tipo de trámites o actuaciones oficiales de carácter económico o profesional. Por ejemplo, el NIE es necesario para abrir una cuenta bancaria.
Debés realizar este trámite ante la Oficina de Extranjeros o ante la Comisaría de Policía del lugar de residencia.

Realizar el empadronamiento
El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran los datos de identidad de todos los residentes de un municipio. De acuerdo con las leyes españolas, toda persona que viva en España, nacional o extranjera, tiene la obligación de empadronarse en el municipio donde resida. Es aconsejable realizar el trámite tan pronto se tenga un lugar de residencia.
El proceso de empadronamiento es simple pero muy necesario para solicitar la tarjeta de asistencia sanitaria, para realizar el canje del permiso de conducir, para inscribir a los chicos en la escuela y cualquier otro trámite relacionado a la condición de extranjero en España.

Solicitar la Tarjeta del Sistema Nacional de Salud
Este documento acredita el uso de los servicios de asistencia pública sanitaria de España, el cual está reservado únicamente a los extranjeros en situación legal, (*ver más abajo) que estén empadronados y que puedan demostrar pruebas de que tienen residencia fiscal en el país.
*Los extranjeros en situación irregular (sin papeles) tienen acceso a la salud pública; al menos si en Mallorca.
Para solicitar la tarjeta que acredita al inmigrante como usuario del Sistema Nacional de Salud y de la prestación farmacéutica de la Seguridad Social, el interesado debe dirigirse al Centro de Atención Primaria correspondiente al municipio de residencia. Allí deberá presentar la constancia de inscripción en el padrón municipal (alta de empadronamiento) y un documento personal de identificación, que debería ser la Tarjeta de Identidad de Extranjero, (En el caso de Mallorca podés usar también el pasaporte argentino).
Una vez inscrito en el sistema público de salud se te asigna un médico de cabecera. Y cada vez que quieras utilizarlo tenés que presentar la tarjeta.
Para mayor información podés llamar al teléfono 012 (desde España).

Realizar el Registro Central de Extranjeros
Los ciudadanos de un estado miembro de la Unión Europea, o de un estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de Suiza, que vayan a residir en España por un período superior a tres meses, están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Este trámite puede hacerse en la Comisaría de Policía de la provincia donde se resida.

Abrir una cuenta bancaria
Es importante abrir la cuenta bancaria una vez que se ha obtenido el Número de Identificación de Extranjeros. En teoría no te abren una cuenta sin NIE, pero como experiencia personal, te cuento que con pasaporte también se puede.

Inscribir a los hijos en la escuela
Al llegar a España, los niños de 6 años de edad en adelante tienen acceso inmediato a la escuela pública gratuita. Acordate que lo primero que te van a pedir para todo es el empadronamiento.

Obtener una licencia de conducir
Los extranjeros pueden utilizar el carnet de conducir del país de origen durante los primeros 6 meses de su estancia en España. Al terminar el plazo, se debe tramitar el permiso de conducir español. Argentina tiene convenio con España. Para canjear el permiso de conducir debés solicitarlo en la Jefatura de Tráfico de la provincia donde residas.
Si vas a venir con carnet profesional, te cuento que tenés que rendir extras para canjearlo, (no es nada fácil y te piden NIE). Solo se puede homologar sin rendir nada el carnet de autos/motos y recordá que al momento de canjearlo tendrá que estar en vigor, así que atento al dato!!!
En mi caso para obtener el NIE se me complicó y en el camino se me venció el carnet profesional. Lo que tuve que haber hecho fue renunciar antes de venir a la categoría D (que tiene una duración de 2 años) y venirme con el carnet de autos que te lo dan, si no voy mal, por 5 años. De lo contrario, si te ocurre lo mismo, tendrás que acudir a un autoescuela. Para que te des una idea, no te va a salir menos de 1000 euros. Si podés evitarla, mejor.
